En el BOE de 7 de diciembre, se ha publicado la Orden TED/1211/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular.
El Proyecto estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) en economía circular fue aprobado el 8 de marzo de 2022 en Consejo de Ministros. La finalidad de estas ayudas es fomentar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales para mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial, en el marco de una economía circular.
Serán subvencionables las actuaciones que pertenezcan a la Línea de Acción 2 del PERTE <Actuación transversal para impulsar la economía circular en la empresa>, y que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:
Asimismo, serán subvencionables los proyectos de I+D que se hallen dentro de cualquiera de las categorías a), b) y c) dirigidas a:
Las ayudas reguladas en esta Orden sólo serán aplicables si tienen efecto incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda. Se considera que la ayuda concedida tiene efecto incentivador cuando el inicio de los trabajos comience a partir de que el beneficiario ha presentado la solicitud y la memoria. Asimismo, deben cumplir el principio de <no causar un perjuicio significativo> al medio ambiente.
Puede consultar la guía publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico pulsando aquí
Las personas o entidades beneficiarias podrán ser las siguientes, siempre que estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:
La ayuda tendrá una cuantía total máxima de 10 millones de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 150.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización, que tendrán una cuantía máxima de 5 millones de euros.
El plazo de ejecución máximo de los proyectos varía en función del importe de ayuda asignado:
El plazo de presentación comenzará el día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOE y finalizará 45 días naturales a partir de la fecha de publicación (finaliza el 23 de enero de 2023). Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión.
Se admitirá un máximo de dos solicitudes por cada entidad, independientemente de que se presenten de forma individual o agrupada. Se presentará una única solicitud por proyecto.
Desde DEPLAN le ofrecemos nuestra experiencia y el personal acreditado que necesiten para el asesoramiento en la presentación de las solicitudes y el cumplimiento de las demás condiciones necesarias para poder optar a las ayudas correspondientes. Puede enviarnos sus consultas a info@deplan.es.